El servicio integral a autónomos y SL's mejor valorado

24 €

Autónomos todo incluido

65 €

Sociedades todo inluido

14 €

Gestión laboral

Alta de autónomo gratuita

Constitución de SL gratuita

Tu gestor fijo contabilizará tus operaciones y te asesorará

Presentación de impuestos para que pagues lo mínimo

Preguntas frecuentes

Por supuesto, parte de nuestro trabajo es ofrecer esta asistencia, enseñar a facturar, conocer qué gastos son deducibles, qué documentación hay que guardar, etc.

Sí, nuestra tarifa incluye acceso a una plataforma de facturación on-line (opcional). Es un módulo que trabaja en la nube, lo que permite tener siempre disponibles las facturas.

No, nosotros gestionamos tu alta de forma telemática para evitarte desplazamientos. Al ser un Punto de Atención al Emprendedor podemos agilizar tu alta en autónomos para que en 24 horas y sin que tengas que desplazarte ya puedas estar facturando.

Sí, podremos darte de alta mediante tu NIE (Número de Identidad de Extranjero) 

Sí, con el trámite de alta como autónomo solicitaremos tu número de Afiliado a la Seguridad Social. Para ello deberás facilitar una serie de datos adicionales, a parte de los vinculados a la actividad a desarrollar. El número que se te asignará ya será definitivo.

Transferencia o domiciliación bancaria.

Nos podrás enviar la documentación de la forma que te resulte más cómoda: por e-mail, Google Drive, We Transfer, Dropbox, ftp, etc.

Con Gestoría Online te sentirás acompañado en todo momento por el asesor asignado, quien te informará sobre el estado de la gestión de tu alta, tus dudas iniciales, los resultados de tus declaraciones, consejos para el ahorro fiscal y conocerá siempre tu expediente para que no tengas que repetir las cosas varias veces. La contabilidad se llevará a cabo por tu gestor, es decir, NO tendrás que introducir tus operaciones ni realizar el trabajo técnico, simplemente hacernos llegar la documentación (facturas, recibos).

Sí, una de nuestras novedades este 2021 ha sido la incorporación del nuevo servicio Gestoría Online laboral. El servicio incluye la contratación, gestión de TC’s, nóminas, bajas, etc.

Con duplicado del alta de autónomo nos podemos referir a la resolución de alta en el RETA de la Seguridad Social o a la inscripción en el censo de empresarios, profesionales y retenedores de Hacienda. Si estás dado de alta en el Sistema Red de la Seguridad Social podrás acceder rápidamente a la opción “Duplicado de resolución de alta/baja en el RETA” dentro del apartado de autónomos, y descargarte tu duplicado. Si no estás inscrito en el Sistema Red puedes contactarnos a Gestoria Online para autorizarnos a descargar tu duplicado.

Si lo que necesitas es el duplicado de alta de autónomo en Hacienda, accediendo a tus datos censales podrás obtener el estado de tu situación censal.

La respuesta está muy ligada a la anterior pregunta, si puedes descargarte un duplicado de tu alta vigente de autónomo en la Seguridad Social podrás comprobar si estás en situación activa en el RETA. De igual forma, accediendo a la sede electrónica de la AEAT podrás verificar aquellas actividades económicas en las que constas inscrito y activo (también aparece el histórico de las dadas de baja).
Atención! Si te consta que estás en alta de autónomos a la Seguridad Social pero no te cargan tu cuota mensual regulariza tu situación cuanto antes y no pienses que te ha sonreído la suerte. Si existe alguna incidencia con tu cuenta podrás estar generando deuda con la TGSS con los problemas que conlleva.

Hacerse autónomo online puede costar entre 24 y 72 horas en función de la claridad e integridad de la información que el emprendedor facilita al Punto de Atención al Emprendedor (PAE). Existe una parte variable que depende de la rapidez con la que Hacienda y especialmente la Seguridad Social procesan la información facilitada a través del Documento Único Electrónico (DUE).

Según los últimos datos del CIRCE el alta de autónomos (desde que se presenta el DUE) se finaliza en menos de 1 día en el 49,7% de los casos, y entre 1 y 5 días en el 35,6%.

Para saber la fecha en que diste de alta como autónomo deberás fijarte en el dato que aparece en la resolución de alta en el RETA. Puedes consultar también esta fecha en tu informe de vida laboral. A efectos del alta censal en Hacienda puedes obtener la fecha del modelo 036 o 037, en tu información de “mis datos censales” en la web de la AEAT, en el Documento Único Electrónico (DUE) o en un certificado de situación censal.

El artículo 4 de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica, establece que estarán obligados a emitir factura electrónica, entre otros, las sociedades anónimas, las sociedades limitadas y las uniones temporales de empresas. Los autónomos no están obligados a presentar factura electrónica, aunque tienen derecho a hacerlo.

Si lo ofrecido tiene la consideración de servicio prestado de forma electrónica, en sentido estricto, la operación estará sujeta y no exenta de IVA. Si por el contrario el servicio consiste en un profesor dando clases por Internet, estaríamos simplemente ante una enseñanza impartida a través de medios electrónicos que sí estaría exenta de IVA. La diferencia puede parecer sutil: servicio prestado de forma electrónica sería un sistema de enseñanza automatizado a través de Internet y sin prácticamente intervención humana en tiempo real (por ejemplo un aula virtual con videos y materiales formativos), como decíamos en este caso no resulta de aplicación la exención del Impuesto Sobre el Valor Añadido.